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¿Quiénes pierden la cobertura del Seguro Nacional de Salud?
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Los escribanos que: a) Sólo tengan ingresos por servicios personales fuera de la relación de dependencia y b) Hayan facturado sin IVA menos de 15 BPC (es decir, $33.390) en el 2º semestre de 2011. |
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¿A partir de cuándo? |
No estarán amparados por el Seguro Nacional desde el 1º de enero de 2012 Volverán a contar con dicha cobertura una vez que registren una facturación anual (sin IVA) superior a 30 BPC. |
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¿Qué deben hacer?
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Declarar su situación hasta el 10 de enero de 2012 ante: - el Banco de Previsión Social (ver el comunicado 042/2011 del BPS) y - la Caja Notarial Vencido dicho plazo, podrán generarse deudas de cargo del escribano. |
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Si fueran beneficiarios del Sistema Notarial de Salud con cobertura del Hospital Británico… (Sólo Montevideo y opción 1 del Interior) |
Podrán continuar recibiendo la misma asistencia. Para ello deberán: - suscribir una nueva solicitud de costeo y - abonar un reembolso de $ 2.640 mensuales más la cuota del Fondo Nacional de Recursos. De optar por otra institución médica, deberán comunicar a la Caja el cese de la cobertura del Hospital Británico antes del 10 de enero de 2012. De tener hijos o cónyuges amparados por el Seguro Nacional de Salud exclusivamente por la actividad del escribano, deberán tramitar la reafiliación particular de los mismos ante las respectivas instituciones médicas. |
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Si tuvieran otra cobertura asistencial… Incluídas las opciones 2 y 3 del Interior) |
Deberán concurrir a su institución médica para tramitar su afiliación particular a la misma. El mismo trámite deberá hacerse en caso de que existieran cónyuges e hijos que hayan estado recibiendo cobertura del Seguro Nacional de Salud exclusivamente por el aporte del escribano. |
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Los afiliados de las opciones 2 o 3 del Interior, además... |
Podrán mantener la cobertura asistencial correspondiente en el Hospital Británico. Para ello, deberán afiliarse en forma particular a una institución médica local. Oportunamente, la Caja les comunicará el modo de justificar dicho requisito. |
Para quienes no deseen hacer el trámite personalmente pueden imprimir el formulario y remitirlo a la Caja Notarial con certificación notarial de firmas antes del 10 de enero de 2012, junto con el pago del reenbolso del mes de enero.
Consultar el número de cuenta para depositar al teéfono 24012414 interno 633.